Preguntas y respuestas

¿Qué es la FDIC?
¿Cómo puedo verificar si mi banco está asegurado por la FDIC?
¿Qué tipos de cuentas reúnen los requisitos para el seguro de la FDIC?
¿Cómo puedo mantener mis depósitos dentro de los límites del seguro de la FDIC?
¿Cuáles son los límites básicos de la cobertura de la FDIC?
¿Es posible tener más de $250,000 en un banco asegurado por la FDIC y estar completamente cubierto?
¿Qué es una cuenta individual?
¿Qué es una cuenta conjunta?
¿Qué se entiende por “ciertas cuentas de jubilación”?
¿Qué es una cuenta de fideicomiso revocable?
Información más detallada sobre los distintos tipos de cuentas de depósito
Glosario de términos

¿Qué es la FDIC?

La FDIC (Federal Deposit Insurance Corporation) es una agencia independiente del gobierno de los Estados Unidos que protege a los consumidores contra la pérdida de sus depósitos si un banco o asociación de ahorros asegurado por la FDIC se cierra. El seguro de la FDIC está respaldado por el gobierno de los Estados Unidos. Desde la creación de la FDIC en 1933, ningún depositante ha perdido ni un solo centavo de sus depósitos asegurados por la FDIC.

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¿Cómo puedo verificar si mi banco está asegurado por la FDIC?

Antes de usar EDIE, use la función “Búsqueda de bancos” o llame gratuitamente al 1-877-275-FDIC para asegurarse de que su banco o asociación de ahorros está asegurado por la FDIC. La FDIC asegura los depósitos en la mayoría de los bancos y asociaciones de ahorros. Los depósitos en sucursales distintas de un banco asegurado no se aseguran en forma separada. Los depósitos en un banco asegurado se aseguran aparte de los depósitos de otro banco asegurado. Todas las instituciones de depósito aseguradas por la FDIC deben exhibir un letrero oficial de la FDIC en cada ventanilla de cajero.

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¿Qué tipos de cuentas reúnen los requisitos para el seguro de la FDIC?

El seguro de la FDIC cubre todas las cuentas de depósito en bancos y asociaciones de ahorros asegurados, incluidas las cuentas de cheques, las cuentas NOW (Negotiable Order of Withdrawal - Orden de retiro negociable), las cuentas de ahorros, las cuentas MMDA (Money Market Deposit Account) y los certificados de depósito (CD) hasta el límite del seguro.

La FDIC no asegura el dinero que usted invierta en acciones, bonos, fondos mutuos, pólizas de seguro de vida, anualidades, o valores municipales, aunque haya adquirido estos productos en un banco o asociación de ahorros asegurado.

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¿Cómo puedo mantener mis depósitos dentro de los límites del seguro de la FDIC?

Si usted y su familia tienen $250,000 o menos en todas sus cuentas de depósito en el mismo banco o asociación de ahorros asegurada, no debe preocuparse por su cobertura de seguro – sus depósitos están completamente asegurados. Un depositante puede tener más de $250,000 en un banco o asociación de ahorros asegurada y aun así estar totalmente asegurado, siempre que las cuentas cumplan con ciertos requisitos. Además, las leyes federales disponen una cobertura de seguro de hasta $250,000 para ciertas cuentas de jubilación.

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¿Cuáles son los límites básicos de la cobertura de la FDIC?*

Cuentas individuales (propiedad de una sola persona sin beneficiarios): $250,000 por titular
Cuentas conjuntas (dos o más personas sin beneficiarios): $250,000 por cotitular
Cuentas IRA y otras “ciertas cuentas de jubilación”: $250,000 por titular
Cuentas de fideicomiso revocable: Cada titular está asegurado hasta $250,000 por cada beneficiario único y elegible nombrado o identificado en el fideicomiso revocable, sujeto a limitaciones y requisitos específicos.

*Estos límites de la cobertura del seguro de depósitos se refieren al total de todos los depósitos que los titulares de cuenta tienen en cada banco asegurado por la FDIC. La lista anterior muestra únicamente las categorías más comunes de titularidad de cuenta que se aplican a depósitos individuales y familiares, y supone que se cumplen todos los requisitos de la FDIC.

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¿Es posible tener más de $250,000 en un banco asegurado por la FDIC y estar completamente cubierto?

Usted podría reunir los requisitos para una cobertura superior a $250,000 en un banco o asociación de ahorros asegurado si posee cuentas de depósito en distintas categorías de titularidad. Las categorías más comunes de titularidad para depósitos individuales y familiares son cuentas individuales, cuentas conjuntas, cuentas de fideicomiso revocable y ciertas cuentas de jubilación.

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¿Qué es una cuenta individual?

Es una cuenta de depósito que es propiedad de una sola persona y que está a nombre de dicha persona únicamente, sin beneficiarios. Todas sus cuentas individuales en el mismo banco asegurado se suman y el total se asegura hasta $250,000. Por ejemplo, si usted tiene una cuenta de cheques y un certificado de depósito (CD) en el mismo banco asegurado y ambas cuentas están sólo a su nombre, las dos cuentas se suman y el total se asegura hasta $250,000. Note que las cuentas de jubilación y ciertas cuentas de fideicomiso no están incluidas en esta categoría de titularidad.

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¿Qué es una cuenta conjunta?

Es una cuenta de depósito que pertenece a dos o más personas y está a nombre de los cotitulares únicamente, sin beneficiarios. Si todos los cotitulares tienen los mismos derechos para retirar dinero de una cuenta conjunta, la participación de cada cotitular en todas las cuentas conjuntas en el mismo banco asegurado se suma y el total se asegura hasta $250,000. Note que las cuentas de fideicomiso revocable de propiedad conjunta no se incluyen en esta categoría de titularidad.

Si una pareja tiene una cuenta de deposito Money Market (MMDA) conjunta, una cuenta de ahorros conjunta y una cuenta de CD conjunta en el mismo banco asegurado, la participación de cada cotitular en las tres cuentas se suman y el total se asegura hasta $250,000 por titular, lo que proporciona hasta $500,000 de cobertura para las cuentas conjuntas de la pareja.

Ejemplo: Juan y María tienen tres cuentas conjuntas por un total de $600,000 en un banco asegurado. Según las reglas de la FDIC, la participación de cada cotitular en cada cuenta conjunta se considera en partes iguales, a menos que se estipule lo contrario en los registros del banco. Juan y María poseen $300,000 cada uno en la categoría de cuenta conjunta, y así tienen un total de $100,000 ($50,000 cada uno) que excede el límite del seguro.

Ejemplo de cuenta conjunta
Título de la cuenta Tipo de depósito Saldo de la cuenta
María y Juan Pérez Cuenta de MMDA $50,000
Juan o María Pérez Cuenta de ahorros $150,000
María Pérez o Juan Pérez CD $400,000
Depósitos totales $600,000

La cobertura del seguro para cada titular se calcula del siguiente modo:
Titulares de la cuenta Participación por titular Monto asegurado Monto no asegurado
Juan $300,000 $250,000 $50,000
María $300,000 $250,000 $50,000
Total $600,000 $500,000 $100,000

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¿Qué se entiende por “ciertas cuentas de jubilación”?

Son cuentas de depósito propiedad de una sola persona que están a nombre del plan de jubilación de dicha persona. Los siguientes tipos de planes de jubilación se aseguran en esta categoría de titularidad:

Todos los depósitos que tiene una persona en cualquiera de los tipos de planes de jubilación arriba mencionados en el mismo banco asegurado se suman y el total se asegura hasta $250,000. Por ejemplo, si una persona tiene una cuenta IRA y una cuenta Keogh autodirigida en el mismo banco, los depósitos de ambas cuentas se suman y se aseguran hasta $250,000.

Nota: La designación de beneficiarios en una cuenta de jubilación no aumenta la cobertura de seguro de los depósitos.

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¿Qué es una cuenta de fideicomiso revocable?

Una cuenta de fideicomiso revocable es una cuenta de depósito propiedad de una o más personas que identifica a uno o más beneficiarios que recibirán los depósitos tras la muerte del titular, o titulares. Un fideicomiso revocable se puede revocar, cancelar o cambiar en cualquier momento, a discreción de los titulares. En esta sección, el término “titular” se usa para referirse al fideicomitente o al otorgante del fideicomiso revocable.

Esta categoría de propiedad incluye los fideicomisos revocables informales e formales.

La cobertura del seguro de depósitos para las cuentas de fideicomiso revocable se proporciona al titular del fideicomiso. Sin embargo, el monto de la cobertura está basado en el número de beneficiarios que se nombran en el fideicomiso y, en algunos casos, en las participaciones asignadas a estos beneficiarios, hasta el límite del seguro. Un beneficiario de un fideicomiso puede ser una persona (independientemente de su relación o parentesco con el titular), una entidad benéfica u una organización sin fines de lucro (según la definición del IRS).

La cobertura de un fideicomiso revocable se basa en todos los depósitos de fideicomiso revocable que posee un mismo titular en el mismo banco, ya sean formales o informales. Si una cuenta de fideicomiso revocable tiene más de un titular, la cobertura de cada titular se calcula en forma separada según las siguientes reglas:

Nota: Puede resultar complicado determinar la cobertura de cuentas de fideicomiso revocable que tienen seis o más beneficiarios y proporcionar diferentes participaciones para los beneficiarios del fideicomiso. Comuníquese con la FDIC al 1-877-275-3342 si necesita ayuda para determinar la cobertura de seguro de su fideicomiso revocable.

Ejemplo de cuenta POD: Willy tiene una cuenta POD de $250,000 con su esposa Susana como beneficiaria. Susana tiene una cuenta POD de $250,000 con Willy como beneficiario. Además, Willy y Susana tienen una cuenta POD conjunta de $1,500,000 con sus tres hijos como beneficiarios.

Título de la cuenta Saldo de la cuenta Monto asegurado Monto no asegurado
Cuenta POD de Willy pagadera a Susana $250,000 $250,000 $0
Cuenta POD de Susana pagadera a Willy $250,000 $250,000 $0
Cuenta POD de Willy y Susana pagadera a sus 3 hijos $1,500,000 $1,500,000 $0
Total $2,000,000 $2,000,000 $0

Estas tres cuentas que en total suman $2,000,000 están totalmente aseguradas porque cada titular tiene derecho a recibir una cobertura de $250,000 por cada beneficiario. Willy tiene una cobertura de seguro de $1,000,000 porque nombra a cuatro beneficiarios — a su esposa en la primera cuenta y a sus tres hijos en la tercera cuenta. Susana también tiene una cobertura de seguro de $1,000,000 para sus cuatro beneficiarios — para su esposo en la segunda cuenta y para sus tres hijos en la tercera cuenta.

Al calcular la cobertura de cuentas de fideicomiso revocable, recuerde que:

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Información más detallada sobre los distintos tipos de cuentas de depósito

Cuentas individuales

  1. ¿Qué es una cuenta individual?
    Una cuenta individual es una cuenta de depósito propiedad de una sola persona, sin beneficiarios. Estas cuentas incluyen depósitos sólo a nombre del titular; depósitos establecidos en beneficio del titular por un agente, fideicomisario, guardián, custodio o conservador; y los depósitos que pertenecen al dueño de un negocio unipersonales.
  2. ¿Cómo se aseguran las cuentas individuales?
    Se suman todas las cuentas individuales creadas por la misma persona, o en beneficio de ella. El total se asegura hasta un máximo de $250,000, incluidos el principal y el interés.

    Ejemplo de cobertura del seguro para cuentas individuales
    Depositante Tipo de depósito Monto depositado
    Juana Pérez Cuenta de ahorros $25,000
    Juana Pérez Certificado de depósito $250,000
    Juana Pérez Cuenta NOW $50,000
    Negocio unipersonales de Juana Pérez Cuenta de MMDA $50,000
    Total depositado $375,000
    Monto asegurado $250,000
    Monto no asegurado $125,000
  3. ¿Qué es la Uniform Transfer to Minors Act (UTMA) y cómo se aseguran las cuentas de depósito establecidas conforme a esta ley?
    La Uniform Transfer to Minors Act (UTMA) es una ley estatal que le permite a un adulto hacer una donación a un menor de edad. Los fondos donados a un menor mediante este método están a nombre de un custodio en beneficio del menor. Los fondos depositados en beneficio del menor conforme a esta ley se suman a cualquier otra cuenta individual del menor, y el total se asegura hasta un máximo de $250,000.

  4. ¿Cómo se aseguran las cuentas de un negocio unipersonal?
    Estos depósitos son propiedad de un negocio no incorporado, a diferencia de un negocio incorporada o una sociedad. Las cuentas de depósito que pertenecen al dueño de un negocio unipersonal se aseguran como fondos de propiedad individual de la persona que es dueña de negocio. Por lo tanto, si una persona tiene una cuenta sólo a su nombre y otra cuenta a nombre de su negocio unipersonal, los saldos de dichas cuentas se combinan y se aseguran hasta el límite de $250,000 en la categoría de cuenta individual.
  5. ¿Cómo se aseguran las cuentas de sucesión hereditaria?
    Estos son fondos depositados por un albacea o administrador del patrimonio de una persona fallecida. Estas cuentas se aseguran hasta el límite de $250,000 como fondos de cuentas individuales del difunto. Este límite de cobertura abarca cualquier otro fondo depositado a nombre de la persona fallecida. Es importante destacar que la cobertura no se proporciona en base al número de beneficiarios. Por lo tanto, aún cuando puedan existir múltiples beneficiarios del patrimonio de la persona fallecida, la cuenta establecida para la sucesión sólo se asegurará hasta el límite de $250,000. Los fondos, sin embargo, se aseguran en forma separada de los fondos personales del albacea o administrador de la sucesión.

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Ciertas cuentas de jubilación

  1. ¿Qué son “ciertas cuentas de jubilación”?
    Son cuentas de depósito propiedad de una sola persona que están a nombre de esa persona en las siguientes cuentas:
    • Cuenta de Jubilación Individual (IRA), incluidas las cuentas IRA tradicionales, IRA Roth, IRA SEP (cuentas simplificadas de jubilación para empleados) e IRA SIMPLE (planes de ahorros con incentivos para empleados)
    • Cuenta correspondiente al plan de compensación diferida según la Sección 457 (como ciertos planes de compensación diferida proporcionados por los gobiernos locales y estatales, independientemente de que el plan sea autodirigido o no)
    • Cuenta de un plan de contribución definida autodirigida, como un plan 401(k) autodirigido, un plan SIMPLE autodirigido mantenido en forma de plan 401(k), un plan de adquisición monetaria de contribución definida autodirigida, o un plan de contribución definida autodirigida en el que hay participación en las ganancias.
    • Cuenta del plan Keogh autodirigido (o cuenta del plan H.R. 10) diseñado para los que trabajan por cuenta propia
  2. ¿Qué significa el término “autodirigido”?
    La FDIC utiliza el término “autodirigido” para indicar que los participantes del plan tienen el derecho de determinar el modo en que se invierte su dinero; esto incluye la capacidad de establecer que los depósitos se pongan en un banco asegurado por la FDIC.

    Si el participante de un plan de jubilación tiene el derecho de elegir como inversión las cuentas de depósito de una institución depositaria particular, la FDIC considerará que la cuenta es autodirigida. También, si un plan tiene como opción de inversión predeterminada las cuentas de depósito de una institución particular asegurada por la FDIC, la FDIC considerará que el plan es autodirigido para el seguro de depósitos ya que, por inacción, el participante ha mandado que dichos depósitos se hagan en esa institución.

    Sin embargo, si el único vehículo de inversión de un plan son las cuentas de depósito de un banco particular, de modo que los participantes no tienen opciones de inversión, el plan no será considerado autodirigido para los fines del seguro de depósitos. Finalmente, si un plan consiste en un solo empleador/empleado, y el empleador o patrono establece el plan con una sola opción de inversión de los bienes del plan, el plan será considerado autodirigido para los fines del seguro de depósitos.
  3. ¿Cómo se aseguran las cuentas de la categoría “ciertas cuentas de jubilación”?
    Los depósitos de cada persona en ciertas cuentas de jubilación en el mismo banco asegurado se suman y el monto total se asegura hasta $250,000. La cobertura de seguro no se incrementa si se nombran beneficiarios para una cuenta de jubilación autodirigida.
  4. ¿Reciben el mismo tratamiento las cuentas IRA Roth y las cuentas IRA tradicionales?
    Para el seguro de depósitos, una cuenta IRA Roth es considerada del mismo modo que una cuenta IRA tradicional. Por lo tanto, si un depositante tiene una cuenta IRA Roth y una cuenta IRA tradicional en el mismo banco asegurado, los fondos de ambas cuentas se suman y se aseguran hasta $250,000.

    Ejemplo de cobertura del seguro para cuentas de jubilación autodirigidas
    Título de la cuenta Saldo de la cuenta
    Cuenta IRA Roth de Roberto Jiménez $110,000
    Cuenta IRA de Roberto Jiménez $75,000
    Total $185,000
    Monto asegurado $185,000
    Explicación: Ya que el total de los depósitos de Roberto en todas las cuentas de jubilación autodirigidas en el mismo banco es inferior al límite de $250,000, las dos cuentas IRA están completamente aseguradas.
  5. ¿Cómo se aseguran las cuentas IRA Coverdell o las cuentas de ahorros para la salud (HSA)?
    Las cuentas de ahorros Coverdell para la educación (antes llamadas cuentas IRA para la educación), las cuentas de ahorros para la salud y las cuentas de ahorros médicos no se incluyen en la categoría de “ciertas cuentas de jubilación”. Dependiendo de su estructura, estas cuentas se pueden incluir en la categoría de cuentas individuales o cuentas de fideicomiso. Las cuentas establecidas bajo la sección 403(b) del Internal Revenue Code (contratos de anualidad para ciertos empleados de escuelas públicas, organizaciones exentas de impuestos y clérigos) no están incluidas dentro de la categoría de “ciertas cuentas de jubilación”.

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Cuentas conjuntas

  1. ¿Qué es una cuenta conjunta?
    Una cuenta conjunta es una cuenta de depósito propiedad de dos o más personas, sin beneficiarios. El seguro federal de depósitos cubre las cuentas conjuntas mantenidas de cualquier manera conforme a las leyes estatales aplicables, tales como las de los copropietarios con derecho de supervivencia y las conjuntas entre cónyuges.
  2. ¿Cuáles son los requisitos para las cuentas conjuntas?
    Las cuentas conjuntas se aseguran en forma separada de otras categorías de titularidad si se cumplen todas las condiciones siguientes:
    • Todos los cotitulares deben ser personas físicas. Esto significa que las personas jurídicas, tales como corporaciones o sociedades, no reúnen los requisitos para la cobertura de seguro de depósitos de cuentas conjuntas.
    • Cada uno de los cotitulares debe haber firmado personalmente una tarjeta de firmas para la cuenta de depósito. Eso no es necesario para los certificados de depósito, las obligaciones de depósitos que surgen de un título negociable o de las cuentas administradas por un agente, fideicomisario, guardián, custodio o conservador. La titularidad del depósito, sin embargo, tiene que ser conjunta.
    • Cada uno de los cotitulares debe tener el mismo derecho de retiro de depósitos de la cuenta.
    Por ejemplo, si un cotitular puede retirar fondos sólo con su firma pero el otro cotitular sólo puede retirar fondos con la firma de ambos cotitulares, entonces este requisito no se cumple; los cotitulares no tienen los mismos derechos de retiro de fondos. Del mismo modo, si el derecho de retirar fondos de un cotitular está limitado a un monto específico, los fondos de la cuenta serán asignados entre los cotitulares de acuerdo a sus derechos de retiro de fondos y asegurados como fondos de cuentas individuales. Por ejemplo, si se depositan $250,000 a nombre de A y B, pero A sólo tiene el derecho de retirar hasta $50,000 de la cuenta, se asignan $50,000 a A, y el resto ($200,000) se asigna a B. Los fondos, según se asignaron, se suman luego a los fondos de cualquier otra cuenta individual de A o B, respectivamente.
  3. ¿Cómo se aseguran las cuentas conjuntas?
    Se suman las participaciones de una persona (cotitular) en todas las cuentas conjuntas calificadas y el total se asegura hasta un máximo de $250,000. El interés o participación de cada cotitular en una cuenta conjunta se considera en partes iguales. El saldo de una cuenta conjunta puede exceder los $250,000, con tal que la participación de ningún titular de las cuentas conjuntas en el mismo banco exceda los $250,000. El uso de diferentes números de Seguro Social no determina la cobertura del seguro, ni tampoco lo hace el cambio de orden de los nombres de los titulares o del estilo de los nombres, ni el uso de “o” por “y” para unir los nombres de los titulares en el título de una cuenta conjunta.

    Ejemplo de cobertura del seguro para cuentas conjuntas
    Título de la cuenta Titulares Saldo
    #1 A y B $250,000
    #2 B y A $120,000
    #3 A y B y C $180,000
    #4 A y D $80,000
    Total $630,000

    A continuación se detalla la participación de cada titular en estas cuatro cuentas conjuntas:

    Participación de A
    Mitad del saldo de la cuenta #1 $125,000
    Mitad del saldo de la cuenta #2 $60,000
    Un tercio del saldo de la cuenta #3 $60,000
    Mitad del saldo de la cuenta #4 $40,000
    Total de la participación de A $285,000

    La participación de A en la categoría de cuenta conjunta es de $285,000. Este monto es superior al máximo de $250,000, de modo que $250,000 están totalmente asegurados y $35,000 no están asegurados.

    Participación de B
    Mitad del saldo de la cuenta #1 $125,000
    Mitad del saldo de la cuenta #2 $60,000
    Un tercio del saldo de la cuenta #3 $60,000
    Total de la participación de B $245,000

    La participación de B en la categoría de cuenta conjunta es de $245,000. Este monto es inferior al máximo de $250,000, de modo que B está totalmente asegurado.

    Participación de C
    Un tercio del saldo de la cuenta #3 $60,000
    Total de la participación de C $60,000

    La participación de C en la categoría de cuenta conjunta es de $60,000. Este monto es inferior al máximo de $250,000, de modo que C está totalmente asegurado.

    Participación de D
    Mitad del saldo de la cuenta #4 $40,000
    Total de la participación de D $40,000

    La participación de D en la categoría de cuenta conjunta es de $40,000. Este monto es inferior al máximo de $250,000, de modo que D está totalmente asegurado.

    Resumen de cobertura del seguro para cuentas conjuntas
    Titular Interés en la cuenta Asegurado No asegurado
    A $285,000 $250,000 $35,000
    B $245,000 $245,000 $0
    C $60,000 $60,000 $0
    D $40,000 $40,000 $0
    Total $630,000 $595,000 $35,000

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Cuentas de fideicomiso revocable

  1. ¿Qué es una cuenta de fideicomiso revocable?
    Una cuenta de fideicomiso revocable es una cuenta de depósito que manifiesta la intención de que los fondos pertenecerán a uno o más beneficiarios cuando fallezca el titular de la cuenta (otorgante o fideicomitente). Existen fideicomisos revocables formales e informales:
    • Las cuentas de fideicomiso revocable informal – a menudo llamadas cuentas “pagaderas al fallecer” (POD), “de fideicomiso Totten” o “en fideicomiso para” (ITF) – se crean cuando el titular de la cuenta firma un acuerdo (usualmente parte de la tarjeta de firmas del banco) en el que declara que los fondos serán pagaderos a uno o más beneficiarios al fallecer el titular.
    • Los fideicomisos revocables formales – conocidos como fideicomisos activos o familiares – son fideicomisos escritos que se crean para la planificación de la sucesión hereditaria. El titular (también denominado el otorgante o fideicomitente) controla los fondos del fideicomiso durante su vida y se reserva el derecho de revocar el fideicomiso.
  2. ¿Cómo se aseguran las cuentas de fideicomisos revocables?
    La cobertura del seguro de depósito para las cuentas de unfideicomiso revocable se proporciona al titular de la cuenta. Sin embargo, el monto de la cobertura se basa en el número de beneficiarios que se designan en el fideicomiso y, en algunos casos, en las participaciones asignadas a estos beneficiarios, hasta el límite del seguro. El beneficiario de un fideicomiso puede ser una persona (independientemente de su relación o parentesco con el titular), una entidad benéfica u organización sin fines de lucro (según la definición del IRS).

    La cobertura de un fideicomiso revocable se basa en todos los depósitos de fideicomiso revocable que tiene un mismo titular en el mismo banco asegurado, ya sean formales o informales. Si una cuenta de fideicomiso revocable tiene más de un titular, la cobertura de cada titular se calcula en forma separada según las siguientes reglas:
    • Depósitos de fideicomiso revocable con cinco o menos beneficiarios — La participación de cada titular en los depósitos de fideicomiso revocable se asegura hasta $250,000 por cada beneficiario único y elegible (o sea, $250,000 multiplicado por el número de beneficiarios únicos y elegibles), independientemente de las participaciones exactas de los beneficiarios.
    • Depósitos de fideicomiso revocable con seis o más beneficiarios — La participación de cada titular en los depósitos de fideicomiso revocable se asegura por la cantidad que sea mayor de (1) la cobertura basada en la participación exacta de cada beneficiario único y elegible en los depósitos de fideicomiso revocable, sin que la participación de ningún beneficiario se asegure por más de $250,000, o (2) $1,250,000.
    Ejemplo de cuentas POD con un solo titular
    Título de la cuenta Saldo de la cuenta Monto asegurado Monto no asegurado
    Cuenta POD de Juan Pérez a favor de su hijo $250,000 $250,000 $0
    Explicación: Esta cuenta de fideicomiso revocable está asegurada hasta $250,000, ya que hay un solo beneficiario que recibirá el depósito cuando fallezca el titular.
  3. ¿Puede una cuenta de fideicomiso revocable tener más de $250,000 en cobertura de seguro?
    Si una cuenta de fideicomiso revocable tiene más de un titular (por ej., el esposo y la esposa) o tiene más de un beneficiario, el saldo asegurado de la cuenta puede exceder los $250,000 y aun así estar totalmente asegurado. Si la cuenta tiene más de un titular, la FDIC supondrá que todos los titulares tienen igual participación, a menos que los registros de las cuentas de depósito indiquen lo contrario.
    Ejemplo de cuentas POD con varios titulares y beneficiarios
    Título de la cuenta Saldo de la cuenta Monto asegurado Monto no asegurado
    Cuenta POD del matrimonio a favor de sus 3 hijos $1,500,000 $1,500,000 $0
    Cuenta POD del esposo a favor de la esposa $250,000 $250,000 $0
    Cuenta POD de la esposa a favor del esposo $250,000 $250,000 $0
    Cuenta POD del esposo a favor de la sobrina y el sobrino $500,000 $500,000 $0
    Cuenta POD del matrimonio a favor de su nieto $600,000 $500,000 $100,000
    Total $3,100,000 $3,000,000 $100,000
    Explicación: Todas las cuentas, menos una, están totalmente aseguradas. La cuenta que nombra al nieto como beneficiario está asegurada hasta $500,000 porque cada titular tiene derecho a una cobertura de seguro de $250,000 para el único beneficiario.

    Ejemplo de fideicomiso activo: Un matrimonio tiene un fideicomiso activo en el que deja todos los bienes del fideicomiso en partes iguales a sus tres hijos al fallecer el último titular. Todos los depósitos que estén a nombre de este fideicomiso en un banco asegurado por la FDIC estarán cubiertos hasta $1,500,000. Cada titular tiene derecho a una cobertura de seguro de $750,000 porque cada uno tiene tres beneficiarios que recibirán los depósitos del fideicomiso cuando ambos titulares hayan fallecido.
  4. ¿Cuál es la cobertura del seguro de depósitos de un depósito de fideicomiso revocable cuando los beneficiarios no tienen igual participación?
    Si un fideicomiso revocable tiene cinco beneficiarios o menos, la participación de cada titular en todos los depósitos de fideicomiso en un banco asegurado está cubierta hasta $250,000 multiplicado por el número de beneficiarios, independientemente de las participaciones proporcionales establecidas en el documento del fideicomiso. Por ejemplo:
    • Una persona tiene $750,000 en depósitos de fideicomiso revocable en un banco asegurado por la FDIC. El documento del fideicomiso especifica que el 60% le corresponde a un hijo, el 30% a un segundo hijo y el 10% a un tercer hijo. El saldo completo del fideicomiso está asegurado porque el titular recibe una cobertura de $250,000 por cada beneficiario, independientemente de las participaciones exactas establecidas en el documento del fideicomiso.
    Si un fideicomiso revocable tiene seis beneficiarios o más, la participación de cada titular en los depósitos de fideicomiso revocable se asegura por la cantidad que sea mayor de (1) la cobertura basada en la participación exacta de cada beneficiario en los depósitos de fideicomiso revocable, sin que la participación de ningún beneficiario se asegure por más de $250,000, o (2) $1,250,000. Por ejemplo:
    • Un individuo tiene $1,400,000 en depósitos de fideicomiso revocable en un banco asegurado por la FDIC. El documento del fideicomiso especifica que el 50% de los fondos corresponderán al hijo del titular y un 10% a cada uno de sus cinco nietos. La cobertura máxima para los fondos de este depositante es la cantidad mayor de (1) la cobertura basada en la participación exacta de cada beneficiario en los depósitos de fideicomiso revocable, sin que la participación de ningún beneficiario se asegure por más de $250,000, o (2) $1,250,000. Al determinar la cobertura del seguro de depósitos, primero debemos calcular la cobertura basada en las participaciones exactas:
      • El monto asignado al primer beneficiario es de $700,000 ($1,400,000 X 50%). De este monto, $250,000 está asegurado y $450,000 queda sin asegurar.
      • El monto asignado a cada uno de los 5 beneficiarios restantes es de $140,000 ($1,400,000 X 10%). Puesto que el monto destinado a cada beneficiario restante es de menos de $250,000, este monto está completamente asegurado.
      • En base a las participaciones exactas, el titular está asegurado por $950,000, lo que deja $450,000 sin asegurar.

      Depósitos de fideicomiso revocable $1,400,000
      Beneficiario Participación del beneficiario Monto asignado Monto asegurado Monto no asegurado
      Hijo50%$700,000$250,000$450,000
      N110%$140,000$140,000$0
      N210%$140,000$140,000$0
      N310%$140,000$140,000$0
      N410%$140,000$140,000$0
      N510%$140,000$140,000$0
      Total100%$1,400,000$950,000$450,000


      El monto asegurado en base a las participaciones exactas ($950,000) se compara entonces con el monto mínimo de cobertura ($1,250,000) para fideicomisos con seis o más beneficiarios. Puesto que la cobertura basada en las participaciones exactas es de menos de $1,250,000, los depósitos del titular del fideicomiso se asegurarían por hasta $1,250,000, y solo $150,000 quedaría sin asegurar.
    • Una persona tiene $2.5 millones en depósitos de fideicomiso revocable en un banco asegurado por la FDIC. El documento del fideicomiso especifica que un 10% de los fondos corresponderá a cada uno de sus cinco hijos y un 5% a cada uno de sus diez nietos. Como antes, debemos calcular primero la cobertura basada en las participaciones exactas:
      • El monto asignado a cada uno de los 5 primeros beneficiarios es de $250,000 ($2,500,000 X 10% (la participación de cada hijo)). Puesto que este monto está al nivel máximo de cobertura posible para un beneficiario, los depósitos asignados a estos beneficiarios están completamente asegurados. El monto asignado a cada uno de los 10 beneficiarios restantes es de $125,000 ($2,500,000 X 5% (la participación de cada nieto)). Puesto que este monto es inferior al límite de $250,000 por beneficiario, los depósitos asignados a los beneficiarios restantes también están completamente asegurados.
      El monto asegurado en base a las participaciones exactas ($2,500,000) se compara entonces con el monto mínimo de cobertura ($1,250,000) para fideicomisos con seis o más beneficiarios. Puesto que la cobertura basada en las participaciones exactas es de más de $1,250,000, el fideicomiso está asegurado en base a las participaciones exactas, y no en base al monto mínimo.
  5. ¿Cómo se asegura la propiedad o usufructo vitalicio de un beneficiario en un fideicomiso activo (o familiar)?
    Los fideicomisos activos generalmente otorgan al beneficiario el derecho de recibir ingresos del fideicomiso o de utilizar los bienes del fideicomiso durante la vida del beneficiario (esto se conoce como propiedad o usufructo vitalicio). Al fallecer el beneficiario con la propiedad vitalicia, los bienes restantes pasan a otros beneficiarios. Una propiedad vitalicia se asegura hasta $250,000 en forma independiente de las participaciones de los restantes beneficiarios. Por ejemplo:
    • Un esposo crea un fideicomiso activo que otorga a su esposa una propiedad vitalicia de los bienes del fideicomiso y el resto de los bienes pasará a los dos hijos del matrimonio en partes iguales al fallecer ambos padres. Los depósitos de este fideicomiso estarían asegurados hasta $750,000 ($250,000 por cada beneficiario - la esposa y los dos hijos).
  6. ¿Se aseguran por separado las cuentas de fideicomiso activo y las cuentas POD?
    El límite del seguro de $250,000 por beneficiario se aplica a todas las cuentas de fideicomiso revocable - cuentas pagaderas al fallecer (POD) y cuentas de fideicomiso activo - que un titular tenga en el mismo banco asegurado. Por ejemplo:
    • Un padre tiene una cuenta POD con un saldo de $400,000 en la que nombra a su hijo y a su hija como beneficiarios. También tiene una cuenta de fideicomiso activo con un saldo de $200,000 en la que nombra a los mismos beneficiarios. Los fondos de ambas cuentas se suman y a cada hijo le corresponden $300,000 como beneficio de participación. Por lo tanto, las dos cuentas juntas se asegurarían por $500,000 ($250,000 por beneficiario) y $100,000 quedarían sin asegurar.

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Cuentas de fideicomiso irrevocable

  1. ¿Qué es un fideicomiso irrevocable?
    Las cuentas de fideicomiso irrevocable son cuentas de depósito mantenidas en fideicomiso establecido por ley o por un acuerdo de fideicomiso escrito por el cual el creador del fideicomiso (otorgante o fideicomitente) aporta fondos o propiedad y renuncia a todo poder para cancelar o cambiar el fideicomiso.

    Existen dos tipos de fideicomisos irrevocables —
    • Los creados una vez fallecido el titular de un fideicomiso revocable. La cobertura del seguro de estos fideicomisos irrevocables puede ser la misma que para los fideicomisos revocables que se describe arriba. Para más información, por favor comuníquese con la FDIC al 1-877-275-3342.
    • Los creados como fideicomisos irrevocables (generalmente por una orden judicial o establecidos por testamento) que no derivan de un fideicomiso revocable. La cobertura del seguro para estos fideicomisos irrevocables se describe a continuación.
  2. ¿Cómo se aseguran los fondos depositados conforme a un documento de fideicomiso irrevocable?
    Las participaciones de un beneficiario en todas las cuentas de depósito establecidas por el mismo otorgante y mantenidas como fideicomiso irrevocable en el mismo banco asegurado se suman y se aseguran hasta $250,000, siempre que se cumplan todos los siguientes requisitos:
    • Los registros de cuentas de depósito del banco asegurado deben confirmar la existencia de la relación fiduciaria
    • Los beneficiarios y sus participaciones en el fideicomiso deben poder identificarse en los registros de cuentas de depósito del banco o en los registros del fideicomisario
    • El monto de la participación de cada beneficiario no puede ser “contingente”, según se define ese término en los reglamentos de la FDIC
    • El fideicomiso debe ser válido de acuerdo con las leyes estatales
    El monto del seguro para un fideicomiso irrevocable depende de los términos y condiciones específicos del fideicomiso; por lo tanto, puede ser aconsejable que los titulares o fideicomisarios de un fideicomiso irrevocable consulten a su asesor legal o financiero para asistencia en determinar el monto de la cobertura del seguro de depósitos disponible para los depósitos en fideicomiso.
  3. ¿Cuál es la cobertura del seguro si el otorgante retiene una parte del fideicomiso?
    Si el otorgante retiene una parte del fideicomiso, el monto de esa parte se sumará a cualquier cuenta individual que el propio otorgante posea en el mismo banco, y el total se asegurará hasta $250,000.
  4. ¿Qué sucede si no se pueden determinar los beneficiarios o sus participaciones en un fideicomiso irrevocable?
    Cuando no es posible determinar los intereses de los beneficiarios, la cobertura del seguro del fideicomiso completo generalmente se limita a un máximo de $250,000.

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Cuentas de planes de beneficios para empleados

  1. Tenga en cuenta que EDIE no calcula la cobertura de seguro de depósito de cuentas de plan de beneficios para empleados. Para la cobertura de seguro de depósito de cuentas de plan de beneficios para empleados, por favor comuníquese con la FDIC al 1-877-275-3342.
  2. ¿Cuál es la cobertura del seguro de depósitos de los planes de beneficios para empleados, tales como planes de jubilación y de participación en las ganancias?
    Una cuenta de un plan de beneficios para empleados es un depósito de un plan de jubilación, plan de reparto de utilidades u otro plan de beneficios para empleados no auto dirigido. Los depósitos en una cuenta de plan de beneficios para empleados que sean elegibles para recibir cobertura de “traspaso” están asegurados hasta $250.000, por el interés de cada participante del plan. Para que un plan de jubilación o plan de reparto de utilidades reciba cobertura de “traspaso”, los registros de cuentas de depósito de la institución deben revelar específicamente el hecho de que los fondos pertenecen al plan de beneficios de empleados. Además, los detalles de los beneficios de la participación de los beneficiarios en la cuenta deben constar en los registros de cuentas de depósito de la institución o en los registros que el administrador del plan (o alguna persona o entidad que haya acordado mantener los registros del plan) mantenga de buena fe y en el curso normal de las operaciones.
  3. ¿La cobertura del plan de beneficios para empleados se determina según el número de participantes en el plan?
    La cobertura para los depósitos de planes de beneficios para empleados se basa en la participación que cada participante tiene en el plan. Debido a que los participantes del plan normalmente tienen distintas participaciones, no se puede determinar la cobertura del seguro simplemente multiplicando el número de participantes por $250,000. Para determinar el monto máximo que un plan puede tener en depósito en un banco y seguir totalmente asegurado, determine primero cuál de los participantes posee la mayor participación en los bienes del plan y luego divida $250,000 por ese porcentaje. Por ejemplo, si un plan tiene 20 participantes, pero un participante tiene una participación del 80% en los bienes del plan, el monto máximo que puede estar en depósito en un banco y permanecer totalmente asegurado es de $312,500. ($250,000/.80 = $312,500)

    Ejemplo de plan de beneficios para empleados que reúne los requisitos para una cobertura “extendida”
    Título de la cuenta Saldo
    Plan de beneficios de Happy Pet Clinic $700,000
    Participantes del plan Participación en el plan Participación de depósitos Monto asegurado Monto no asegurado
    Dr. Toledo 35% $245,000 $245,000 $0
    Dr. Juárez 30% $210,000 $210,000 $0
    Técnico Acevedo 20% $140,000 $140,000 $0
    Técnico Berrios 15% $105,000 $105,000 $0
    Total del plan 100% $700,000 $700,000 $0

    Explicación: Este plan de beneficios para empleados puede depositar $700,000 en un banco asegurado por la FDIC y tener a todos sus participantes totalmente asegurados. En el depósito de $700,000, la participación del Dr. Toledo (el participante más grande) está asegurada en $245,000 (el 35% de $700,000). Si la parte del Dr. Toledo está totalmente asegurada, el resto de los participantes también estarán asegurados, ya que poseen una participación menor en el plan.

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Cuentas de corporaciones, sociedades y asociaciones no incorporadas

  1. ¿Qué son las cuentas de corporaciones, sociedades y asociaciones no incorporadas?
    Son cuentas creadas por negocios y organizaciones — incluidas organizaciones con o sin fines de lucro — que se dedican a una actividad independiente, lo cual significa que la entidad funciona específicamente para un propósito aparte del de incrementar la cobertura del seguro.
  2. ¿Qué son las asociaciones no incorporadas?
    Las asociaciones no incorporadas típicamente incluyen organizaciones religiosas, comunitarias y cívicas, y clubes sociales no incorporados.
  3. ¿Cuál es la cobertura del seguro de depósitos de los fondos depositados por una corporación, una sociedad o una asociación no incorporada?
    Los fondos depositados por una corporación, sociedad o asociación no incorporada se aseguran hasta un máximo de $250,000. Los fondos depositados por una corporación, sociedad o asociación no incorporada se aseguran por separado de las cuentas de los accionistas, socios o miembros. Para recibir esta cobertura, la entidad debe dedicarse a una actividad independiente, lo cual significa que debe funcionar principalmente con algún propósito que no sea el de incrementar la cobertura del seguro.
  4. ¿Hay alguna manera de que un negocio reúna los requisitos para una cobertura adicional del seguro?
    No, no hay ninguna manera de que una corporación, sociedad o asociación no incorporada pueda calificar para una cobertura de seguro de depósito superior a $250,000 para sus depósitos en un banco. Las cuentas separadas pertenecientes a la misma entidad pero destinadas a fines diferentes no se aseguran por separado. En lugar de ello, estas cuentas se suman y se aseguran hasta $250,000. Si una corporación tiene divisiones o unidades no incorporadas de manera separada, las cuentas de depósito de estas divisiones o unidades se sumarán a cualquier otra cuenta de depósito de la corporación para determinar la cobertura del seguro de depósitos.
  5. ¿Se incrementa la cobertura del seguro de depósitos de acuerdo con el número de socios, miembros o firmantes de la cuenta?
    La cobertura del seguro no se ve afectada por el número de socios, miembros o firmantes de cuenta que tenga una corporación, sociedad o asociación no incorporada. Por ejemplo, los depósitos que pertenecen a una asociación de propietarios de vivienda se aseguran hasta $250,000 en total, no $250,000 por cada integrante de la asociación.
  6. ¿Cómo se aseguran los depósitos de un negocio unipersonal?
    Los depósitos pertenecientes a un negocio unipersonal no se aseguran en esta categoría, sino que se aseguran como depósitos de cuentas individuales de la persona que es el único dueño de negocio. Así es que los fondos depositados a nombre de negocio unipersonales se suman a cualquier otra cuenta individual del dueño y el total se asegura hasta un máximo de $250,000.

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Cuentas del gobierno

  1. ¿Qué son las “cuentas del gobierno”?
    Las cuentas del gobierno también se denominan cuentas de unidad pública. Esta categoría incluye cuentas de depósito de los Estados Unidos, de cualquier estado, condado o municipio (o una subdivisión política de cualquier estado, condado o municipio), el Distrito de Columbia, Puerto Rico y otras posesiones y territorios del gobierno, o de una tribu indígena.
  2. ¿Cómo se aseguran las cuentas de unidades públicas?
    La cobertura del seguro de una cuenta de un unidad pública difiere de la de una cuenta de una corporación, sociedad o asociación no incorporada en que la cobertura se extiende al custodio oficial de los fondos que pertenecen a la unidad pública en lugar de a la unidad pública misma. La cobertura de seguro de cuentas de un unidad pública depende del (1) el tipo de depósito y (2) la ubicación de la institución de depósito asegurada.
  3. A partir del 1 de enero, 2013

    Cuentas mantenidas por un custodio oficial para una unidad pública serán cubiertas a lo siguiente:

    Dentro del estado:
    • Hasta $250,000 para el total combinado de todas las cuentas a plazo y de ahorro (incluyendo las cuentas NOW) y
    • Hasta $250,000 para cuentas de depósito a la orden que devengan y no devengan interés

    Fuera del estado:
    • Hasta $250,000 para el total combinado de todas las cuentas de depósito
  4. El término “subdivisión política” incluye los desagües, el riego, la navegación, las mejoras, los diques, el sistema sanitario, los distritos escolares y de energía, así como las autoridades portuarias o de puentes y otros distritos especiales creados por ley estatal o por acuerdos entre estados. El término “subdivisión política” también abarca cualquier subdivisión o departamento principal de una unidad pública (estado, condado o municipio) si la subdivisión o el departamento cumple con los siguientes criterios:
    • Que la creación de la subdivisión o departamento haya sido expresamente autorizada por las leyes de dicha unidad pública;
    • Que algunas funciones del gobierno hayan sido delegadas a la subdivisión o al departamento por dicha ley, y
    • Que la subdivisión o el departamento esté autorizado para ejercer el control exclusivo de los fondos para su uso exclusivo.
  5. ¿Cuál es la definición de “custodio oficial”?
    Para calificar como un "custodio oficial", tal custodio debe tener autoridad plena, incluyendo el control, sobre los fondos de propiedad de la unidad pública para la cual el custodio es designado o electo para servir. El control de los fondos públicos incluye la posesión y la autoridad para crear cuentas para tales fondos en las instituciones de depósito aseguradas y para hacer depósitos, retiros y desembolsos de tales fondos.

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